Manuel Escudero. Hay que gravar más el patrimonio.

Manuel Escudero. Hay que gravar más el patrimonio.

En la entrevista concedida a Expansión por el ideólogo del nuevo proyecto económico del Partido Socialista Obrero Español. Manuel Escudero desgrana en ella las principales lineas de un posible gobierno liderado por Pedro Sanchez. Voy a comentar tres aspectos de la entrevista que me han parecido especialmente relevantes. Los impuestos, los salarios y la renta básica.

Aumentar la presión fiscal a los ricos y endurecer el impuesto de patrimonio.

Una de las líneas más destacadas de la entrevista es la relativa a los impuestos. El mensaje que nos lanza consiste en un incremento de la presión fiscal en los tipos que gravan el capital. Calculadora Impuestos

Dicho así parece que esté destinado a ‘los ricos’. Aunque me parece a mi que acabarán pagando los de siempre porque rentas de capital, o quizás deberíamos decir rendimientos del capital mobiliario, incluyen también los ahorros de todos los trabajadores. Si siguen adelante tal y como se desprende de la entrevista, cualquiera que tenga un depósito o un fondo verá como sus –últimamente muy exiguos– rendimientos se reducen de manera sustancial.

Los salarios. La apuesta por la productividad

Nos habla de alcanzar un nuevo modelo de salarios. Salarios que sean decentes, lo que se traduce por más elevados que los actuales, y con los cuales se pueda competir por productividad y por calidad. Y claro, si tenemos que ser más productivos al tiempo que suben los salarios, es que tenemos que ser doblemente productivos. Es decir, la misma persona tiene que producir más para compensar el incremento de salario sin bajar la productividad y una vez llegado ahí, tiene que producir más aún para que su empresa pueda competir por productividad.

Llegados a este punto, uno piensa que eso se conseguirá con políticas laborales que fomenten la flexibilidad y ataquen agujeros de productividad como el ausentismo. Pero luego lo pienso un poco más despacio y me invade el excepticismo.

La puesta en marcha de una renta básica

El último aspecto que me ha parecido necesario destacar es el de la renta básica. El «cheque Sanchez» del cual habla el artículo. Y me parece imprescindible destacarlo por lo nocivo que puede llegar a ser, siempre desde mi punto de vista, para la economía española.

Por lo que me ha parecido entender, funcionará como un impuesto inverso, de manera que al hacer la declarción de la renta, todo aquel que gane menos de 5.300 €/año recibirá una devolución de impuestos hasta complementar los 5.300 €/año que es la renta mínima.Dejo dos preguntas en el aire sobre este tema.

  1. ¿Quién en su sano juicio va a aceptar un empleo, aunque sea a tiempo parcial, por el que cobre menos de 5.300€?
  2. ¿Nadie se ha parado a pensar en el incentivo adicional que supone, de cara a trabajar en negro, si además de no pagar impuestos es el Estado quien te da 5.300 €?

En definitiva, que mientras Escudero habla en el artículo de girar hacia una socialdemocracia seria, a mi  me parece otra cosa. La sensación que me queda a mi, después de leer el artículo, es que más que el programa electoral del PSOE, lo que están diseñando sea el programa electoral de Unidos Podemos o el programa electoral para que muchos votantes a Unidos Podemos vuelvan al PSOE.

El cambio fiscal en siete preguntas

El cambio fiscal en siete preguntas

Ultimamente parece que no puedo leer una noticia sin sentir que se están pasando de sensacionalismo.

Al leer el titular aparecido en Expansión, uno piensa que le van a dar la clave de los cambios en la legislación tributaria. Pero cuando profundiza un poco más, ve que no se habla de la reducción de tipos impositivos, ni de los nuevos planes de ahorro con horizonte de cinco años, ni de los cambios en el tratamiento de los planes de pensiones, ni del cambio en el tratamiento de las plusvalías, etc.

Vamos, que tan solo se trata un aspecto de la ley. Un aspecto clave bajo determinadas circunstancias, pero no del cambio fiscal. Tan solo habla de la suspensión de los coeficientes de abatimiento.

Si no fuera por esa sensación de engaño, se trataría de una de aquellas noticias que requieren de poco comentario, pero que pueden afectar y mucho vuestros bolsillos.

Es por ello que, a pesar de esa queja que exponía sobre el titular, me ha parecido muy interesante traerla a este noticias y mercados dada la enorme diferencia existente entre vender una vivienda, acciones, fondos de inversión, etc, antes del 31 de diciembre y hacerlo después.

¿Y solo nos afecta si vendemos? Pues claro que no. Si lo que queremos es comprar un inmueble   y conocemos esta noticia, pues estaremos en una posición negociadora mucho más fuerte de cara a conseguir una rebaja en el precio de la operación a cambio de asegurar que se cierra antes del 31 de diciembre.

La incidencia es especialmente sangrante se trata de un inmueble adquirido antes de 1995. Pero también para los demás, pues se eliminarían asimismo la actualización de las plusvalías por la inflación.

El diario cinco días ha habilitado una página en la que se puede calcular el efecto en vuestro caso en concreto. El ejemplo que reproduzco es el de una vivienda comprada en 2004 por 140.000 € y vendida por 180.000€ al cabo de diez años.

Diferencias Fiscales

De todas formas, la misma noticia advierte que los ‘fiscalistas consultados esperan que este varapalo sea eliminado en las enmiendas a la reforma fiscal en el senado’ y el artículo de cinco días da por hecho la eliminación por un lado de la actualización de las plusvalías, y por otro el mantenimiento de los coeficientes de abatimiento.

De todas formas, yo sigo diciendo lo que ya decía en el artículo que sobre la reforma fiscal y el ahorro. Que la tramitación parlamentaria aún no ha finalizado y es posible que haya cambios sustanciales durante la misma. Que tengamos en cuenta estos aspectos, pero no los tomemos como ciertos, porque pueden cambiar.

La reforma fiscal y el ahorro

La reforma fiscal y el ahorro

La noticia por excelencia de las últimas semanas, al menos en lo económico, ha sido la reforma fiscal presentada por el gobierno. 

Durante los últimos días del mes de junio hemos podido ver análisis y contra análisis en todos y cada uno de los medios de comunicación. Unos a favor de la reforma, otros en contra. Eso ya en función de la línea editorial de cada medio.

Y comentarla tiene sus peligros. Principalmente porque aún puede haber cambios antes de su entrada en vigor. Y de hecho los ha habido, como la rectificación realizada sobre la tributación de las indemnizaciones por despido.

Pero además, resulta que es tan compleja que al final he decidido centrarme en los cambios que afectan a la tributación del ahorro. Aspecto en el que hay cuatro cambios fundamentales.

Reducción de los tipos impositivos. Tras la subida de tipos acaecida en 2011, se vuelve poco a poco a la situación inicial, aunque gravando con un 23% si el rendimiento es superior a los 50.000€ al año.

Planes de Ahorro 5. El funcionamiento de estos planes es similar al de un depósito. Han de tener garantizado un mínimo de un 85% de la inversión inicial y no tributan hasta el quinto año.

NM8P1F1Bueno, en realidad en algunos medios he leído que están exentos y en otros he leído que tributarán por las plusvalías generadas al final de los cinco años –tal y como ocurre con los fondos de inversión– y personalmente me parece más probable esta segunda versión. Habrá que ver como se refleja en el BOE.

Planes de Pensiones. Baja el tope que podemos desgravar. Este nuevo tope que sería único, independientemente de la edad, rondaría los 5.000€. El argumento del gobierno es que la aportación anual media ronda los 1.375€ y que como los contribuyentes no lo aprovechan, pues lo bajan. Creo que argumento tan ‘sólido’ no hace falta ni criticarlo. 

De todas formas, se estudia extender las ventajas fiscales a cuentas bancarias con una liquidez similar a la de los planes de pensiones.  Parece que algún ‘regalo’ para la banca tenía que contener la reforma.

Plusvalías a corto plazo. Si bien se mantendrán como rentas del trabajo, y no como rendimientos del capital mobiliario, las plusvalías obtenidas por compra-venta realizada antes de un determinado plazo, si que es posible que este plazo se contraiga y pase a ser de seis meses en lugar de un año como es en la actualidad.

Así, una venta de acciones adquiridas seis meses y un día antes de la venta tributarían como rendimientos del capital mobiliario –con la escala de tipos correspondiente– y no como rentas del trabajo.

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